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MIP 141 – Cap. 7.6

  • El instructor de vuelo deberá dominar suficientemente los métodos de instrucción aplicables a la enseñanza, especialmente los que se refieren y son aplicables con más efectividad al aleccionamiento antes del vuelo y posterior al vuelo; de igual forma deberá dominar el contenido de las especificaciones de entrenamiento y el procedimiento para las autorizaciones para el vuelo solo de un alumno piloto.

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