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requerimientos para todos los vuelos

  1. Todas las aeronaves deben estar equipadas con instrumentos de vuelo y de navegación que permitan a la tripulación:
    • Controlar la trayectoria de vuelo de la aeronave;
    • Realizar cualquiera de las maniobras reglamentarias requeridas;
    • Observar las limitaciones operacionales de la aeronave en las condiciones operacionales previstas.
  2. Para todos los vuelos, las aeronaves deben tener el siguiente equipo:
    • Un botiquín adecuado de primeros auxilios, situado en lugar accesible;
    • Extintores portátiles de un tipo que, cuando se descarguen, no causen contaminación peligrosa del aire dentro de la aeronave, de los cuales al menos uno estará ubicado e identificado en el compartimiento de pilotos; y en cada compartimiento de pasajeros que esté separado del compartimiento de pilotos y que no sea fácilmente accesible al piloto o copiloto;
    • Un asiento o litera para cada persona que sea mayor de dos años y un cinturón de seguridad aprobado para cada asiento o litera;
    • Fusibles eléctricos de repuesto, cuando corresponda y de los amperajes apropiados, para sustituir en vuelo a los que están ubicados en lugares accesibles

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